CASACIÓN LABORAL Nº 21212-2017 AREQUIPA

Bajo la evidencia del análisis antes expuesto, este Tribunal Supremo considera que para determinar si al demandante le corresponde o no la condición de trabajador de confianza, se debe tener en cuenta que los cargos de confianza no están determinados por el arbitrio y formalismo del empleador, sino que responden a que las actividades y funciones que el trabajador en la realidad realice como prestación de sus servicios sean compatibles con la categoría de trabajador de confianza.

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